Es triste ver como el flagelo de
la politiquería arrecia sus tentáculos contra un elemento tan serio e importante
para la sostenibilidad del sistema financiero nacional como es nuestro
mecanismo de supervisión y regulación bancaria. Tras la debacle del 2003 y
2004, es mucho lo que hemos avanzado en materia de supervisión bancaria.
Actualmente contamos con excelentes herramientas de supervisión, que han
permitido en pocos años recuperar la confianza y credibilidad.
El buque insignia de nuestro
actual sistema supervisión lo representa el Reglamento de Evaluación de
Activos, mejor conocido como REA. Este trascendental reglamento de supervisión
bancaria, fue puesto en práctica a partir de enero del 2005, como consecuencia de
las quiebras del 2003 que pusieron en jaque al país. Gracias a Dios, en menos
de 10 años, esta excelente herramienta ha logrado mitigar los riesgos de que
esta situación vuelva a repetirse. Por ello, llama la atención que un asunto
meramente interno de una organización política, trascienda hasta el punto de se
use este recurso como arma de ataque politiquero.
Para evaluar crediticiamente a
los deudores comerciales el REA los divide en tres grandes grupos: Menores
Deudores Comerciales, Mayores Deudores Comerciales y Créditos orientados a la
Microempresa. Los Menores Deudores Comerciales son aquellos cuyas obligaciones
consolidadas, tanto en una entidad de intermediación financiera como en todo el
sistema, sean menores a RD$25,000,000.00. En estos casos la evaluación de
crédito se realiza sobre la base de la morosidad de las cuotas.
Por otro lado, Los Mayores
Deudores Comerciales son aquellos cuyas obligaciones consolidadas, tanto en una
entidad como en el sistema, igualen o excedan los RD$25,000,000.00. En este apartado
es donde cae el susodicho préstamo de un reconocido líder de la oposición,
extrapolado recientemente a los medios de comunicación creando un gran revuelo.
Para este tipo de financiamientos
la evaluación crediticia de basa principalmente en la capacidad de pago del
deudor. Se entiende por capacidad de pago la capacidad que tenga un deudor de
generar por sí mismo flujos de efectivo que le permitan atender de forma
oportuna sus compromisos financieros. En este sentido, el reglamento es muy
preciso es especificar aquellos indicadores financieros para realizar una
evaluación minuciosa: Flujo de efectivo neto después de operaciones entre
intereses, comisiones y la porción corriente de la deuda de largo plazo, las
razones de liquidez, nivel de endeudamiento, rentabilidad y eficiencia
operativa.
En este sentido, una vez aplicada
esta rigurosa evaluación se establece una calificación para conocer el nivel de
riesgo de cada deudor. Al igual que en el colegio, las diferentes
calificaciones posibles son A para clientes con una robusta posición financiera
y grandes flujos con excedentes, y buen historial crediticio. Luego está la
clasificación B para empresas con buena posición financiera y flujos
aceptables. Ya en calificación C están aquellos con capacidad de pago en
deterioro, con problemas en sus flujos e indicadores. Los clasificados en D
(como el caso que nos ocupa), son deudores con un deterioro permanente de su
capacidad de pago, con debilidades financieras evidentes y flujos
insuficientes. Y por último, los clasificados en E (quemados), son aquellos con
capacidad insuficiente para cubrir siquiera sus costos operativos, mal
historial y flujo negativo.
Algo muy importante que hay que
saber, es que cada clasificación amerita un porcentaje de provisión. Las provisiones,
algo que los bancos deben evitar a toda costa, se definen como una estimación
preventiva de pérdidas asociada a la cartera de préstamos u otros activos.
Según el REA un préstamo calificado A ya provisiona un 1%. Así mismo un
préstamo en B debe provisionar 3% y uno establecido en C un 20%. Para préstamos
calificación D debe provisionar un 60% y uno en E, obviamente el 100%.
Esto quiere decir, que un
préstamo digamos de RD$100,000,000.00 calificado en D debe provisionar el 60%,
o sea, deben ser congelados como garantía de riesgo RD$60,000,000.00, que no
pueden ser usados por el banco por el plazo del crédito, lo cual atenta contra
su rentabilidad. Por eso, una entidad de intermediación financiera, para ser
rentable tratará tener una concentración de cartera entre A, B y algunos casos
en C. Esto quiere decir que no existan préstamos en D??..No. En casos de
préstamos riesgosos, las garantías presentadas juegan un papel trascendental,
pues aunque son de por sí un elemento secundario del crédito, no se toman en
cuenta para fines de calificación, pero sí
para el cómputo de la cobertura de las provisiones.
En estos casos, las garantías
presentadas deberán ser polivalentes, es decir que puedan ser sujetas de
múltiples usos. Esta facultad puede hacer que un préstamo con mala
calificación, no provisione realmente establecido a esta condición.
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